miércoles, 15 de agosto de 2007

Obligaciones del Comité de Empresa

Por mucho que se mire, el comité de empresa no tiene ninguna obligación. Tiene competencias, capacidades de actuación.

Se da por supuesta su voluntad de defensa del trabajador, su buena fe. Lo cual al conjunto de trabajadores nos deja indefensos ante comités vendidos o incompetentes, que pueden firmar y hacer en nuestro nombre lo que les de la gana.

Pero como mínimo, por lo menos, tendrían que cumplir con el punto 12 del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores:

12º.Informar a sus representados en todos los temas y cuestiones señalados en cuanto directa o indirectamente tengan o puedan tener repercusión en las relaciones laborales.